La hipoteca y sus productos ¿es obligatorio contratarlos también?

Una alarma para la vivienda, un seguro de salud, otro para el coche, un plan de pensiones o un fondo de inversión cuyo saldo anual supere los 25.000 euros. Hoy en día es una constante que las entidades financieras ofrezcan al contratar la hipoteca productos vinculados y tengas que salir de tu oficina si o si con cualquiera de ellos bajo el brazo.

A cambio de aceptar algunas de estas vinculaciones, es cierto que los bancos ofrecen descuentos en el tipo de interés (que es alrededor de un punto porcentual), pero por ello debemos elegir aquella hipoteca que tenga el tipo de interés más bajo posible sin bonificar y a la vez venga con pocos productos asociados para que de este modo cumplir las condiciones sea más fácil.

Pero ¿son realmente obligatorios los productos vinculados a la hipoteca? Según establece el Real Decreto 716/2009de 24 de abril, al contratarla se debe por ley contratar también un seguro de daños que proteja contra incendios, inundaciones o terremotos, aunque no es necesario que la hagas con el propio banco pero sí que se verá con buenos ojos hacerlo con ellos.

¿Y cuáles son estos productos que las entidades vinculan a la hipoteca? Las entidades requieren una media de cinco productos bonificados para acceder al interés más bajo y los seguros son los productos que más se repiten. Aquí una relación de los más habituales:

  • Seguro de hogar
  • Tarjeta de crédito o débito
  • Domiciliación de la nómina o ingreso equivalente
  • Plan de Pensiones, con un mínimo de aportaciones.
  • Seguro de vida
  • Domiciliación de pagos
  • Seguro de protección de pagos en caso de paro o de incapacidad transitoria para autónomos

 

En algunos casos puede salir más rentable que nos desvinculemos de ciertos productos a pesar de que perdamos bonificaciones.  Para ver si los productos contratados bonifican el tipo de interés, se debe revisar el apartado “Revisión del tipo de interés”, en la escritura. Pero sí finalmente decidimos cancelar uno de estos productos, deberemos solicitarlo por escrito a la entidad bancaria y en caso de ser un seguro con un mes de antelación.